PROGRAMA PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA
¿Quienes pueden postular en el Programa Pavimentación Participativa?
Todas las personas que habiten calles o pasajes sin pavimentar, emplazados en poblados urbanos o rurales, organizados en un comité de pavimentación.
¿Cómo se postula?
A través de un representante, el comité de pavimentación presenta una ficha de postulación en la Secretaría Comunal de Planificación (SECPLA) de la Municipalidad correspondiente, son realizados en octubre de cada año por las secretarias regionales del MINVU.
Requisitos de la postulación:
- Las calles o pasajes deben estar sin pavimentar; contar con agua potable y alcantarillado, ambos servicios debidamente acreditados; tener un ancho de espacio público mayor a 6 metros y no superior a 15 metros excepcionalmente hasta 20 metros entre líneas de cierro; y una longitud máxima de 1.000 metros y mínima de 100 metros.
- Los jefes de hogar deben confirmar un comité de pavimentación con representación jurídica de la Junta de Vecinos correspondiente.
- Acreditar el ahorro mínimo del comité de pavimentación, realizado de preferencia en una cuenta de ahorros.
- Disponer de un proyecto de ingeniería aprobado por el SERVIU. El Proyecto es el estudio técnico de las obras de pavimentación a materializar. Se deberá informar el número de registro del proyecto asignado por el SERVIU. A más tardar, 30 días antes de la fecha límite para postular en la SEREMI, el Comité deberá ingresar la postulación al SERVIU para su revisión técnica.
- Contar con el acta de reunión, en que conste que el proyectista expuso al comité de pavimentación, acogiendo observaciones atendibles.
- Presentar una nómina con todos los integrantes del comité de pavimentación, se indicará nombre, cédula de identidad, dirección y firma de cada uno.
- Llenar la ficha de postulación con toda la información solicitada, posteriormente los datos que se consignen serán revisados por la Municipalidad y SERVIU.
- El costo unitario de las obras que se postulan a este programa se financian con el aporte de los habitantes directamente favorecidos, de la Municipalidad respectiva y Ministerio de Vivienda y Urbanismo, según los siguientes porcentajes:
Como se Financia:
El aporte mínimo que debe realizar el Comité varia entre el 5% y el 25% del costo referencial de la obra, dependiendo del tipo de vía que se postula (calle o pasaje) y de la categoría a la que se es asimilada.
Hay tres categorías establecidas, que están relacionadas con el origen del loteo de viviendas. Así, a cada proyecto le corresponde un porcentaje distinto según su caso.
La Municipalidad aporta un 7% del costo de la obra.
El Ministerio de Vivienda y Urbanismo: financia el resto de los recursos requeridos para completar el 100% del costo referencial de la obra.