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El DOC tiene como principal objetivo la atención de la comunidad, prestando asesoría técnica en vistas a fomentar su organización, desarrollo y legalización como una forma real y sostenida de lograr el desarrollo efectivo de las personas que pertenecen a los diferentes grupos sociales.

La legalización, constitución legal u obtención de Personalidad Jurídica de las OOCC está basada en la Ley Nº 19.418 sobre Juntas de vecinos y demás OOCC, y para  efectuar el trámite es necesario convocar a una asamblea general de socios con la presencia de un ministro de fe que puede ser un Notario, un Oficial de Registro Civil o el funcionario municipal nombrado para estos efectos por decreto alcaldicio. En esta asamblea general la OOCC debe contar con tres ejemplares de estatutos, un libro de actas, un libro de caja y un libro de registro de socios. El estatuto tipo usado para estos efectos puede ser adquirido en el DOC, cancelando la cantidad de $2.500 (dos mil quinientos pesos) en tesorería; los libros pueden ser adquiridos en cualquier librería. Para constituir una Junta de Vecinos deberán concurrir 150 socios mínimo a la asamblea general y para constituir otro tipo de organización deberán concurrir 15 socios mínimo a la asamblea general. La presentación de cédula nacional de identidad es obligatoria para los socios constituyentes.

El DOC, para efectos de desarrollo del trabajo que le compete,  cuenta con tres secciones de trabajo, a decir:

I Sección Participación Ciudadana

II Sección Fortalecimiento de la Familia

III Sección Grupos Vulnerables

Dirección: Traslaviña nº 226.
Fono: (34) - 509176 - 509177 - 509178 - 509179.
Fax: (34) - 509095
E-mail:
Atención de Público: de Lunes a Jueves de 08:30 a 13:30 y de 15:00 a 18:30 horas.